
La Junta de Andalucía deberá pagar más de 55.300 euros a un jubilado al que un error administrativo dejó cuatro años sin ingresos
- El Tribunal Supremo ha confirmado una indemnización de más de 55.300 euros para un pensionista afectado por un error administrativo.
- Entre 2018 y 2022, el trabajador se quedó sin pensión y sin la renta vinculada a un ERE que venía percibiendo.
- La Justicia concluye que el fallo fue de la Administración y que el perjudicado no tenía responsabilidad en lo ocurrido.
- El caso pone el foco en los problemas derivados de cálculos erróneos sobre la edad de jubilación y sus consecuencias económicas.
Resumen del caso
La Junta de Andalucía ha sido condenada a abonar una indemnización superior a los 55.300 euros a un pensionista que quedó completamente desprotegido durante cuatro años a raíz de un error en la tramitación de su jubilación anticipada.
Según el relato judicial, entre 2018 y 2022 el afectado no pudo cobrar ni la pensión de jubilación ni la renta equivalente al 78% de su salario que venía percibiendo por un acuerdo previo vinculado a un ERE.
El Tribunal Supremo ha respaldado la compensación fijada y ha descartado cualquier responsabilidad del trabajador en lo sucedido. La resolución deja claro que el problema fue administrativo y que el ciudadano no debe asumir las consecuencias de una mala gestión ajena.
Un error en la edad de jubilación dejó al trabajador sin prestación ni renta
Los hechos se remontan a 1981, cuando el empleado comenzó su trayectoria laboral. Más tarde, en 2003, quedó incluido en un expediente de regulación de empleo, lo que le dio derecho a una renta temporal equivalente al 78% de su salario.
Esa cobertura económica estaba financiada mediante un seguro colectivo suscrito entre el Estado y la Junta de Andalucía y debía mantenerse hasta que el beneficiario alcanzara la edad legal de jubilación.
El conflicto surgió en 2018, cuando el trabajador solicitó la jubilación anticipada. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) rechazó su petición tras realizar un cálculo erróneo y concluir que aún le faltaban 1.400 días para cumplir los requisitos.
Aquella decisión tuvo un efecto inmediato y devastador: el afectado se quedó sin pensión y, al mismo tiempo, perdió también la renta que venía recibiendo por el acuerdo anterior.
Durante cuatro años, el pensionista quedó sin ingresos de ningún tipo y tuvo que apoyarse en su entorno para poder mantenerse mientras se resolvía el conflicto.
La Justicia concluye que la administración asumió el fallo sin comprobarlo
Según la información difundida sobre el caso, el origen del problema estuvo en un mal cálculo sobre la edad de jubilación comunicado por el INSS. La Junta de Andalucía aceptó ese dato sin verificarlo, lo que acabó provocando que el trabajador dejara de cobrar tanto la pensión como la prestación asociada al ERE.
La primera resolución favorable al pensionista la dictó el Juzgado de lo Social número 3 de Huelva. En esa sentencia, el magistrado atribuyó la responsabilidad a la administración autonómica y subrayó que el trabajador no podía cargar con las consecuencias de los fallos cometidos al calcular su edad de jubilación.
Además, el juez recordó que la Junta estaba obligada a garantizar la percepción de la renta pactada hasta que el empleado alcanzara la edad ordinaria de retiro, con independencia de que hubiera solicitado la jubilación anticipada.
El Tribunal Supremo, posteriormente, avaló esta interpretación y dio por buena la indemnización. Con ello, el alto tribunal cerró el recorrido judicial del caso y consolidó el criterio de que los errores de la Administración no pueden perjudicar al administrado cuando este ha cumplido con los requisitos establecidos.
Un precedente sobre los efectos de los errores de la Seguridad Social
La resolución tiene un alcance más amplio porque vuelve a poner el foco en los problemas derivados de cálculos incorrectos o tramitaciones defectuosas en materia de pensiones. El caso muestra cómo un fallo en la determinación de la edad de jubilación puede dejar a una persona durante años sin ingresos y obligarla a acudir a los tribunales para recuperar sus derechos.
Expertos en derecho laboral señalan que no se trata de una situación excepcional. En otros asuntos, los afectados también han tenido que recurrir a la vía judicial para que se reconozcan errores similares de la Seguridad Social. En muchas ocasiones, los tribunales se convierten en el único camino para corregir resoluciones administrativas que provocan un grave perjuicio económico.
En este caso concreto, la decisión judicial restituye la situación del pensionista y obliga a la Administración a compensar el daño causado por la interrupción de sus ingresos durante cuatro años. La sentencia refuerza la idea de que la responsabilidad por los fallos de cálculo o gestión corresponde a la administración que los comete o asume sin comprobación.
Preguntas frecuentes
¿Por qué la Junta de Andalucía debe pagar la indemnización?
Porque la Justicia ha considerado probado que el perjuicio económico se produjo por un error administrativo que la Administración asumió sin verificar correctamente.
¿Cuánto tiempo estuvo el jubilado sin ingresos?
Estuvo cuatro años, entre 2018 y 2022, sin cobrar ni la pensión ni la renta vinculada al ERE.
¿Qué originó el problema?
El conflicto se desencadenó por un cálculo erróneo de la edad de jubilación realizado por el INSS, que llevó a denegar la jubilación anticipada.
¿Qué dijo el Tribunal Supremo?
El Tribunal Supremo respaldó la indemnización y descartó que el trabajador tuviera responsabilidad en lo ocurrido.
¿Qué importancia tiene esta sentencia?
Sirve como referencia sobre la necesidad de que la Administración actúe con diligencia y no traslade al ciudadano las consecuencias de sus propios errores.
Fuente original: Cronista


