La ley de nietos dispara el censo exterior en municipios que ni siquiera existían en 1955
La aplicación de la llamada ley de nietos ha dejado una anomalía llamativa en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA): miles de españoles inscritos en el extranjero figuran vinculados a municipios que no existían cuando sus antepasados tuvieron que abandonar España.
Uno de los casos más significativos se encuentra en Tres Cantos, en la Comunidad de Madrid. El municipio, creado oficialmente en 1991, ha incorporado 215 electores residentes en el exterior desde la aprobación de la norma. El aumento alcanza el 21 % del censo exterior de la localidad.
El dato resulta especialmente relevante porque la legislación está dirigida, entre otros colectivos, a descendientes de españoles exiliados por motivos políticos, ideológicos o de creencia durante la Guerra Civil y la dictadura, así como a sus descendientes. El periodo de referencia llega hasta 1955, décadas antes de que Tres Cantos existiera como municipio independiente.
Un municipio que era campo cuando se produjo el exilio
En 1955, el territorio que hoy ocupa Tres Cantos no constituía un núcleo municipal con la estructura administrativa actual. La localidad madrileña comenzó a desarrollarse varias décadas después y fue constituida como municipio en 1991, tras segregarse de Colmenar Viejo.
Por ese motivo, resulta imposible que los antepasados de los nuevos inscritos salieran de Tres Cantos en los años contemplados por la ley. En aquella época, la zona era esencialmente un espacio rural y no podía actuar como lugar de residencia municipal de los exiliados que ahora aparecen vinculados al censo local.
El incremento no implica necesariamente que esas personas hayan cometido una irregularidad. La inscripción en el CERA no siempre se corresponde con el lugar exacto del que partió el antepasado que da derecho a solicitar la nacionalidad. Sin embargo, la evolución plantea dudas sobre los criterios administrativos utilizados para asignar el municipio electoral a quienes obtienen la nacionalidad desde el extranjero.
El funcionamiento del censo de los españoles en el extranjero
El CERA reúne a los ciudadanos españoles mayores de edad que viven fuera del país y están inscritos en los registros consulares. Para ejercer sus derechos políticos, cada elector queda vinculado a una circunscripción y a un municipio de referencia en España.
En el caso de quienes adquieren la nacionalidad por la ley de memoria democrática, esa vinculación puede no coincidir con el municipio en el que vivieron sus familiares. La tramitación se realiza a través de consulados y registros civiles, con documentación sobre la filiación y la condición de exiliado o descendiente.
El resultado es que una persona puede acabar incorporada al censo de un municipio con el que no mantiene una relación histórica directa. Cuando esa localidad, además, no existía durante el periodo de exilio contemplado por la ley, la discrepancia se hace mucho más visible.
Un crecimiento concentrado tras la aprobación de la norma
El caso de Tres Cantos no es aislado. La aprobación de la ley de memoria democrática provocó un aumento significativo de las solicitudes de nacionalidad española en consulados de todo el mundo. Miles de descendientes de españoles iniciaron los trámites para recuperar o adquirir la ciudadanía.
La norma amplió el acceso a hijos y nietos de españoles que perdieron o renunciaron a la nacionalidad como consecuencia del exilio. También incluyó otros supuestos vinculados a la pérdida de ciudadanía durante la dictadura y a mujeres españolas que la perdieron al casarse con extranjeros antes de determinados cambios legales.
La avalancha de solicitudes obligó a reforzar consulados y oficinas consulares, mientras las autoridades ampliaban los plazos para atender los expedientes pendientes. Este proceso ha tenido un reflejo directo en el censo exterior, aunque la distribución territorial de los nuevos electores no siempre parece responder a la geografía real del exilio.
La necesidad de revisar las asignaciones
El aumento del voto exterior en municipios recientes abre un debate sobre la calidad y la trazabilidad de los datos electorales. La cuestión no es únicamente cuántos nuevos ciudadanos han obtenido la nacionalidad, sino también cómo se determina el municipio al que quedan adscritos.
Una revisión permitiría distinguir entre los casos correctamente asignados conforme a la normativa y aquellos en los que se ha utilizado una referencia administrativa que no refleja la historia familiar del solicitante. También ayudaría a evitar que los resultados electorales municipales se vean alterados por inscripciones que no guardan relación con la población residente.
La aparición de cientos de electores vinculados a Tres Cantos no demuestra por sí sola que exista fraude electoral ni que las nacionalizaciones sean improcedentes. Sí evidencia, en cambio, que el crecimiento del CERA derivado de la ley de nietos está generando situaciones que merecen una explicación pública y una comprobación detallada por parte de las administraciones responsables.



