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Cinco magistrados del Constitucional cuestionan la sentencia sobre la amnistía por invadir las competencias del Supremo

La sentencia del Tribunal Constitucional que obliga al Tribunal Supremo a aplicar la ley de amnistía a los condenados del procés por un delito de malversación ha provocado una fuerte división interna en el órgano de garantías. El fallo, impulsado por el presidente Cándido Conde-Pumpido, salió adelante en el Pleno celebrado este lunes gracias a la mayoría aritmética del bloque progresista.

Frente a la decisión mayoritaria, cinco magistrados han presentado un voto particular especialmente crítico con el razonamiento empleado. En su opinión, la resolución no solo se aparta de la interpretación que correspondería realizar al Supremo, sino que también altera el reparto de funciones establecido por la Constitución entre los distintos órganos judiciales.

Críticas a la intervención sobre el Tribunal Supremo

El principal reproche de los magistrados discrepantes se dirige contra lo que consideran una intervención excesiva del Constitucional en un ámbito reservado a la jurisdicción ordinaria. El voto particular denuncia una “más que preocupante y reiterada suplantación” del papel funcional que corresponde al Tribunal Supremo en la interpretación y aplicación de la legalidad ordinaria.

La discrepancia se centra en el alcance del recurso de amparo analizado. Según los cinco jueces, el Tribunal Constitucional habría utilizado este procedimiento para entrar a valorar cuestiones que no son estrictamente constitucionales, sino relacionadas con la interpretación de la ley penal y de la propia norma de amnistía.

Desde esta perspectiva, el Supremo debería conservar un margen suficiente para determinar cómo se aplica la amnistía a cada condena y a cada conducta concreta. Los magistrados críticos consideran que la sentencia mayoritaria reduce ese margen hasta convertir al Constitucional en una instancia revisora de la legalidad ordinaria.

El caso de Dolors Bassa, clave en el debate

La resolución examinaba el recurso de amparo presentado en relación con la exconsejera catalana Dolors Bassa, condenada por malversación en el marco del proceso independentista. El Constitucional concluye que la interpretación que impide aplicar la amnistía a este tipo de condenas vulnera los derechos de la recurrente.

La decisión tendrá consecuencias directas para otros dirigentes condenados por hechos similares. Entre ellos figura Carles Puigdemont, cuya situación jurídica puede verse beneficiada por el criterio establecido en el fallo cuando los tribunales ordinarios revisen la aplicación de la ley de amnistía.

Los cinco magistrados discrepantes, sin embargo, cuestionan tanto el resultado como el método utilizado para alcanzarlo. En su voto particular expresan su “disconformidad sustancial” con el criterio metodológico empleado para resolver el amparo de Bassa.

Una división que trasciende el caso concreto

El alcance de la controversia supera la situación individual de la exconsejera catalana. La discusión afecta al modo en que deben relacionarse el Tribunal Constitucional y el Supremo cuando una decisión judicial ordinaria se enfrenta a una norma de especial relevancia política y constitucional, como la ley de amnistía.

La mayoría del Constitucional sostiene que los tribunales deben interpretar la norma de acuerdo con los derechos fundamentales y con los límites constitucionales que rigen el ejercicio de la potestad jurisdiccional. En consecuencia, considera que la negativa a aplicar la amnistía en los supuestos examinados no resulta compatible con esas exigencias.

La minoría entiende, por el contrario, que el fallo se adentra en una tarea que corresponde al Supremo: fijar el significado de la legislación ordinaria y valorar si los hechos por los que fueron condenados los dirigentes del procés encajan en los supuestos amnistiables.

El voto particular alerta de una ruptura institucional

El tono del escrito de los cinco magistrados refleja la importancia que conceden al desacuerdo. La expresión “ruptura con la arquitectura constitucional” resume su advertencia sobre los efectos que, a su juicio, puede producir la sentencia en el sistema de garantías y en la distribución de competencias entre los tribunales.

Los discrepantes temen que este tipo de resoluciones consolide una pauta por la que el Constitucional termine sustituyendo de forma habitual al Supremo en materias que no afectan directamente a la interpretación de la Constitución. Para ellos, esa evolución comprometería la posición del máximo órgano judicial ordinario y alteraría el equilibrio institucional previsto en el ordenamiento.

El fallo mayoritario, en cambio, abre la puerta a que los condenados por malversación vinculada al procés puedan beneficiarse de la amnistía. La última palabra sobre la ejecución concreta de sus efectos corresponderá ahora al Tribunal Supremo, aunque deberá hacerlo teniendo en cuenta la doctrina fijada por el Constitucional.

Una decisión con efectos sobre Puigdemont

La sentencia supone un nuevo movimiento en el complejo recorrido judicial de la amnistía. Aunque el caso analizado afecta formalmente a Dolors Bassa, el criterio puede proyectarse sobre la situación de Carles Puigdemont y de otros condenados o afectados por las resoluciones dictadas tras el referéndum ilegal y la posterior declaración independentista.

El debate queda así abierto en dos planos: el de la aplicación de la amnistía a los delitos de malversación y el de los límites de la intervención del Tribunal Constitucional. La división expresada en el Pleno anticipa una intensa disputa jurídica sobre el alcance de la sentencia y sobre el papel que debe desempeñar cada tribunal en los próximos pasos del procedimiento.

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