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A un juzgado de violencia de género, podría pasar el caso de María José Carrasco

Según los últimos avances que ha tenido la Fiscalía General del Estado ha anunciado que va a recurrir que el caso de María José Carrasco. Quien es la mujer a la que su marido, Ángel Hernández, ayudó a morir el pasado 3 de abril. Por lo tanto, la fiscalía ha pedido que el caso pase a un juzgado de violencia de género. “La muerte de María José la tiene que decidir un juez de instrucción y no de mujer. Porque no hubo dominación ni humillación de Ángel a María José. Ni basta para inhibirse que sea una relación de hombre sobre mujer”. Según, ha explicado Pilar Martín Nájera, quien es la fiscal jefe de violencia de género.

La fiscal también ha defendido que María José. Pidió de forma libre, pública y voluntaria su muerte. Así que no debe ser considerado un crimen machista. Tampoco pasará a engrosar las listas de violencia de género, que publica puntualmente la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género. Por lo tanto, afirmo que: “No compartimos ni la decisión ni los argumentos” de la titular del Juzgado de Instrucción número 25 de Madrid, Raquel Robles González. Ya que Robles habría decidido inhibirse aunque esta orden todavía no ha llegado a la Fiscalía.

Sin embargo, la fiscal jefe de violencia de género, Pilar Martín Nájera. Asegura que “no hubo dominación ni humillación de Ángel a María José”.

La sentencia

 María José Carrasco

Por lo tanto, la sentencia en la que se ha basado la juez de instrucción para derivar su competencia a un juzgado de violencia machista. Es la del Tribunal Supremo del pasado 20 de diciembre, un acuerdo del pleno que fijó doctrina y unificó criterios en torno a la violencia de género.

El fallo, a raíz de una agresión recíproca entre un hombre y una mujer que eran pareja, estableció que, desde entonces. “la intención de dominación o machismo no es un requisito que tenga que probarse en el juicio. El mero hecho de una agresión de un hombre contra una mujer que sea su pareja o ex pareja ya constituye un acto de violencia machista”. Es decir, que la doctrina marca que estos juzgados asuman la instrucción de diligencias sobre la muerte de una mujer. En el que esté implicado la pareja o ex pareja pasa a este tipo de órganos, sin valorar la intencionalidad.

La doctrina del Supremo

Además, en una comparecencia este jueves 11 de abril, Martín Nájera sí ha considerado que la titular del Juzgado de Instrucción ha hecho una “valoración sesgada”. De las sentencias en las que se ha apoyado para tomar su decisión. Para la fiscal, el caso de María José Carrasco es “diferente”.  Por  lo que no cree que “habrá que estudiar la interpretación de la norma” y si esta jurisprudencia “es aplicable”, porque cabe recordar hay doctrina del Supremo. “Aunque en principio el juzgado que debe instruirlo es el de Violencia sobre la Mujer. Creemos que se ha hecho una valoración sesgada de la situación, ya que desde el primer momento concurren circunstancias. y elementos que excluyen la violencia de género”.

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