El fiscal ha respondido de este modo a los argumentos de las defensas durante la denominada vista de previo pronunciamiento, una especie de prólogo al juicio que se celebrará a partir de enero en el que cuestiona la competencia del alto tribunal para enjuiciar este asunto. Los abogados de los 18 procesados habían defendido previamente que el competente es el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) por no haberse cometido hechos delictivos fuera de Cataluña que puedan integrar el tipo penal de rebelión. «El Estado constitucional y democrático y su corazón, el Tribunal Constitucional, estaban en la diana, en el corazón de ese ataque en tanto que deroga la ley máxima, la Constitución, y ello no afecta solo al territorio de la comunidad, su resultado afecta a todo el territorio nacional», ha defendido el fiscal moreno. El fiscal también ha dicho que las acciones en el extranjero -como el impulso del voto para el 1-O en el exterior o la intervención de un ‘lobby’ estadounidense- no fueron aisladas y «era absolutamente necesario» internacionalizar el conflicto. Considera por tanto que sería «erróneo» considerar las acciones fuera de la Comunidad o en el extranjero que se han introducido en su escrito de acusación como tangenciales, «porque hablamos de una estrategia, si alguna de estas acciones se hubieran parado no estaríamos ante un determinado delito, y deben ser considerados en su conjunto». Si bien Moreno ha reconocido que actividades como la Diplocat y otras que se desarrollaron fuera de España para promover el referéndum ilegal no constituyeron actos violentos en sí mismos, ha defendido que «en un delito de rebelión no todos los actos tienen que ser violentos». Así, ha subrayado que el «intento de internacionalización del conflicto», la denominada ‘agenda Jové’ -incautada al mano derecha del exvicepresident Oriol Junqueras- y el documento Infocats son puntos clave «en el iter delictivo». También ha rechazado el fiscal que pueda compararse esta causa con la que se juzgó en el Tribunal Superior de Cataluña por la consulta del 9-N, ya que en el caso actual las acciones fueron violentas y además se intentaron impedir por el Estado. ABOGACÍA DEL ESTADO Y VOX La abogada del Estado, Lucía Pedreño -que sustituye a Edmundo Bal, relevado por el Gobierno por sus diferencias de criterio en los delitos de los que acusa esta parte- ha defendido igual que la Fiscalía la competencia del Supremo para juzgar el ‘procés’ porque, en su opinión, no se puede negar que hubo «actos de internacionalización». De hecho, Pedreño ha recordado que las defensas de los acusados no lo han negado en sus intervenciones, aunque han dicho que son «irrelevantes». «Otra cosa», ha añadido, será la «importancia» que se otorgue a estos elementos en la sentencia, pero ha insistido que el proceso independentista los utilizó. Asimismo, ha desdeñado el argumento de las defensas acerca de que otras comunidades autónomas disponen de censos de ciudadanos que residen en el exterior: «Será así, pero lo que no han hecho es utilizarlos para la comisión de delitos y fines ya declarados ilegales por el Tribunal Constitucional». El último en intervenir en esta vista del artículo de previo pronunciamiento ha sido Pedro Fernández, abogado de Vox, que ejerce la acusación popular, quien se ha adherido a todos los argumentos expuestos por el fiscal, aunque también ha querido defender la competencia del Supremo porque el bien jurídico atacado en el caso del ‘procés’ tiene «trascendencia para todo el conjunto de la sociedad» española, ya que son «la Constitución y la unidad territorial».
El fiscal Tribunal Supremo defiende la competencia del Supremo: la «diana» del «ataque» independentista fue el Estado constitucional
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