Según el último informe demográfico del Instituto Nacional de Estadística, en el primer semestre del 2020 se registraron 7.358 nacimientos, 12.530 defunciones y 1.342 matrimonios en el País Vasco. Todavía no se han publicado las estadísticas correspondientes al segundo semestre.

Por otro lado, el Instituto Vasco de Estadística difundió los datos provisionales del 2020 que indican que a fin de año se registraron 24.000 fallecimientos, un 12.4% más que el 2019. El municipio más afectado fue Bilbao, con 4.508 defunciones.

Si bien los tumores malignos y las enfermedades del sistema circulatorio fueron las dos principales causas de muerte en el territorio del País Vasco, el coronavirus se posicionó como la tercera. Las víctimas del COVID-19 ascendieron a 3.052 personas, que suponen un 12.6% del total de decesos del período.

¿Cómo afectó el coronavirus al funcionamiento del Registro de las Personas?

Si bien a nivel nacional y local la inscripción de nacimientos y matrimonios se redujo respecto del año anterior, la cantidad de solicitudes de certificados de defunción aumentó considerablemente. Debido a las restricciones de circulación producto del coronavirus, se le pidió a la población que llevara a cabo de manera electrónica los trámites de certificación.

¿Qué ventajas ofrece la tramitación electrónica?

El Gobierno Vasco promueve las solicitudes electrónicas porque son una forma sencilla de evitar los desplazamientos innecesarios y la exposición de la salud en el contexto de pandemia. Adicionalmente, los trámites a distancia son más ágiles, pueden realizarse cualquier día sin límite de horario y le brindan al ciudadano la posibilidad de consultar el estado de su expediente en todo momento.

¿Qué tipo de trámites pueden efectuarse en línea?

Cada municipio tiene sus propias restricciones al respecto. En el Registro Civil de Bilbao los interesados pueden pedir el Certificado de Nacimiento, el Certificado de Matrimonio y el Certificado de Defunción ingresando a la página Registro Civil de Bilbao https://www.registrocivilbilbao.pro.

¿Qué es un Certificado de Nacimiento y para qué te sirve?

El Certificado de Nacimiento es un documento emitido por una autoridad pública que da cuenta del nacimiento de una persona física. Contiene los datos personales del recién nacido, las circunstancias en que se produjo su nacimiento e información sobre sus progenitores.

El Certificado de Nacimiento debe ser presentado para realizar muchos trámites ante organismos privados y públicos. Los más frecuentes son la expedición del DNI y la solicitud del pasaporte. También suele ser requerido por instituciones educativas al momento de la inscripción o la emisión del título.

¿Qué es un Certificado de Matrimonio y para qué te sirve?

El Certificado de Matrimonio es un documento oficial confeccionado por el Registro Civil que sirve como comprobante de la unión matrimonial. En él quedan plasmados los datos del acto del matrimonio: fecha, hora y lugar.

El Certificado de Matrimonio se requiere en diversas circunstancias. Por ejemplo, se pide si la pareja quiere adoptar a un menor de forma conjunta o si el cónyuge extranjero desea solicitar la ciudadanía española, en caso de haber cumplido con el plazo de residencia en el país.

También es requerido para iniciar un divorcio, la separación de bienes, la determinación de la responsabilidad parental y la fijación de alimentos de los hijos. Por último, es necesario presentarlo en el marco de un proceso sucesorio para acreditar el vínculo.

¿Qué es un Certificado de Defunción y para qué te sirve?

El Certificado de Defunción es un documento que valida fallecimiento de una persona. Contiene sus datos e información sobre el hecho de la muerte y el lugar donde fue enterrado el cuerpo, si correspondiera.

Muchos procedimientos administrativos y judiciales requieren la presentación de un Certificado de Defunción. Suele solicitarse para efectuar las preparaciones del funeral, iniciar la sucesión del causante, reclamar un seguro de vida o realizar el trámite de pensión del cónyuge.

¿Qué sucederá en los próximos meses?

Pedro Sánchez, presidente de España, anunció en el mes de mayo el fin del estado de alarma. Esta medida supuso la habilitación de circulación entre las comunidades autónomas y el levantamiento del toque de queda.

En este contexto, las administraciones autonómicas solo pueden adoptar medidas sanitarias ordinarias, como las restricciones de hostelería y la reducción de horarios comerciales. Los decretos que restrinjan derechos fundamentales, como los cierres perimetrales, solo podrán aplicarse en situaciones y zonas específicas, con aval de los tribunales.

Ante estas novedades, el País Vasco comenzó a trabajar en una ley de protección que sería aplicable exclusivamente en esta pandemia. La norma determina cinco niveles de alerta configurados en torno a indicadores epidemiológicos y se prevé que será aprobada antes del 24 de junio.

Esta ley contiene restricciones que se han aplicado a nivel nacional durante el último año, tales como el distanciamiento obligatorio, el uso de la mascarilla y la cuarentena en caso de contagio o sospecha. En los niveles más altos, contempla la suspensión de actividades no esenciales y los cierres perimetrales. Por lo tanto, se estima que los trámites ante el Registro de las Personas deberán llevarse a cabo de manera electrónica el resto del año.

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Periodista
Jefe de redacción en ElPeriodico.digital