El juez abre juicio oral contra Begoña Gómez por presunto tráfico de influencias y malversación
El magistrado Juan Carlos Peinado ha dictado este lunes el auto de apertura de juicio oral contra Begoña Gómez Fernández, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. La decisión supone que la investigada deberá sentarse en el banquillo para responder por un presunto delito de tráfico de influencias y otro de malversación de caudales públicos.
El procedimiento también afecta a Cristina Álvarez, asesora de Gómez, que será juzgada como presunta cooperadora necesaria en el delito de malversación relacionado con el supuesto desvío de un software universitario. El caso abandona así la fase de instrucción y pasa a la Audiencia Provincial de Madrid, órgano encargado de continuar la tramitación y celebrar el juicio.
El caso llega a la Audiencia Provincial de Madrid
El auto de apertura de juicio oral constituye un paso procesal relevante, pero no equivale a una condena. La resolución determina que existen indicios suficientes, a juicio del instructor, para que las acusaciones mantengan sus imputaciones ante un tribunal. La responsabilidad penal de las acusadas deberá concretarse durante el juicio, con la práctica de las pruebas y la valoración de las partes.
El procedimiento se tramitará mediante un tribunal del jurado. La causa será remitida a la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá fijar las siguientes actuaciones procesales y, en su momento, la fecha de la vista oral.
La decisión del juez cierra la etapa de investigación dirigida por el Juzgado de Instrucción y abre una nueva fase, en la que Fiscalía, acusaciones y defensas podrán plantear sus posiciones definitivas. También deberán concretarse las pruebas que se admitirán y las personas que serán llamadas a declarar.
Dos delitos atribuidos a Begoña Gómez
La acusación contra Begoña Gómez incluye un presunto delito de tráfico de influencias. Esta figura penal persigue el aprovechamiento de una posición de poder o de una relación personal para influir en una autoridad o funcionario con el objetivo de obtener un beneficio indebido.
El segundo delito que se le atribuye es el de malversación de caudales públicos. En este caso, la investigación se centra en el supuesto uso irregular de recursos públicos y, de forma específica, en el desvío de un software de carácter universitario.
La apertura del juicio oral no determina por sí misma que se haya producido perjuicio económico ni fija una responsabilidad definitiva. Esos extremos deberán ser examinados a partir de la documentación, los testimonios y los informes que se incorporen al procedimiento.
La responsabilidad que se atribuye a Cristina Álvarez
El juez sitúa a Cristina Álvarez en una posición procesal distinta. La asesora de Gómez afrontará el juicio como cooperadora necesaria únicamente respecto al presunto delito de malversación vinculado al software universitario.
Esta calificación implica que, según la hipótesis recogida en la resolución judicial, su intervención habría resultado relevante para la eventual comisión del delito, aunque no se le atribuye el delito de tráfico de influencias. La valoración final dependerá de las pruebas que se presenten ante el tribunal del jurado.
El juicio deberá determinar los hechos
La fase que ahora comienza permitirá confrontar las versiones de las acusadas con las conclusiones de la acusación pública y de las acusaciones personadas. Las defensas podrán cuestionar los indicios reunidos durante la instrucción, solicitar la exclusión de pruebas y sostener la inexistencia de delito o la falta de participación de sus representadas.
La resolución judicial tampoco anticipa cuál será el desenlace del procedimiento. Gómez y Álvarez mantienen su derecho a la presunción de inocencia hasta que exista una sentencia firme, mientras que el tribunal deberá analizar de manera individual la conducta atribuida a cada una.
- Begoña Gómez: será juzgada por presunto tráfico de influencias y presunta malversación de caudales públicos.
- Cristina Álvarez: responderá como presunta cooperadora necesaria en la malversación relacionada con el software universitario.
- Órgano judicial: la causa pasa a la Audiencia Provincial de Madrid y será examinada mediante un tribunal del jurado.
- Siguiente fase: deberán concretarse las pruebas, las declaraciones y la fecha de celebración del juicio.
Con la apertura de juicio oral, el procedimiento entra en su tramo decisivo. La Audiencia Provincial deberá organizar la vista y garantizar que todas las partes puedan ejercer sus derechos antes de que el jurado emita su veredicto y se dicte la resolución que corresponda.



