El juez Peinado abre juicio oral contra Begoña Gómez por malversación y tráfico de influencias
El juez Juan Carlos Peinado ha acordado la apertura de juicio oral contra Begoña Gómez, que deberá sentarse en el banquillo ante un jurado popular por los delitos de malversación y tráfico de influencias. La decisión supone el cierre de la fase de instrucción y el paso del procedimiento a la etapa de enjuiciamiento.
El magistrado ha rechazado la petición formulada por el nuevo abogado de Gómez, que solicitaba dejar sin efecto el escrito de acusación presentado por HazteOír. La defensa sostenía que ese documento no era válido porque incorporaba el contenido de informes elaborados durante la investigación judicial.
La defensa cuestionó la validez de la acusación
La representación legal de Begoña Gómez planteó que el escrito acusatorio de HazteOír era ineficaz al recoger elementos procedentes de los informes incorporados a la causa durante la instrucción. Según ese planteamiento, la acusación no habría cumplido las exigencias necesarias para permitir una adecuada defensa.
El juez Peinado, sin embargo, ha desestimado ese argumento y mantiene la acusación en pie. De este modo, el procedimiento continuará hacia el juicio oral con la calificación planteada por la acusación popular, que atribuye a Gómez delitos de malversación y tráfico de influencias.
La resolución no supone una declaración de culpabilidad. La apertura de juicio oral implica que el juez considera que existen elementos suficientes para que las acusaciones defiendan sus posiciones ante el órgano encargado de juzgar los hechos. La decisión final corresponderá al jurado popular tras la celebración de la vista.
Un procedimiento que llega a la fase de juicio
La apertura de juicio oral constituye uno de los principales hitos de cualquier procedimiento penal. A partir de este momento, las partes deberán concretar sus posiciones y preparar la prueba que pretenden presentar durante el juicio.
En esta fase se determinarán las cuestiones procesales pendientes, las pruebas admitidas y el calendario de las sesiones. También se fijarán los términos en los que las acusaciones y la defensa expondrán sus conclusiones sobre los hechos investigados.
La causa será examinada por un jurado popular, una circunstancia que diferencia este procedimiento de aquellos que son resueltos exclusivamente por jueces profesionales. El jurado deberá valorar las pruebas practicadas en la vista y pronunciarse sobre los hechos que se sometan a su consideración.
La acusación de HazteOír seguirá adelante
La decisión del juez permite que la acusación ejercida por HazteOír continúe dentro del proceso. La organización había presentado un escrito en el que atribuía a Begoña Gómez responsabilidades penales por malversación y tráfico de influencias.
La defensa intentó frenar ese avance mediante una impugnación centrada en la forma y el contenido del escrito. En concreto, cuestionó que la acusación se apoyara en informes generados durante la fase de instrucción y consideró que esa circunstancia afectaba a su validez.
El rechazo de la petición significa que el juez no aprecia, por ahora, un defecto que impida continuar con el procedimiento. La cuestión podrá volver a plantearse en los recursos que correspondan o durante el propio desarrollo del juicio, dentro de los límites establecidos por la legislación procesal.
Qué ocurrirá a partir de ahora
Tras la apertura de juicio oral, las partes tendrán que formalizar sus escritos definitivos y proponer las pruebas que consideran necesarias. El tribunal deberá decidir cuáles pueden practicarse y organizar las sesiones del juicio.
- La instrucción queda superada y el procedimiento entra en la fase de enjuiciamiento.
- La acusación de HazteOír seguirá formando parte del proceso.
- La defensa mantiene la posibilidad de cuestionar las actuaciones mediante los recursos previstos.
- El jurado popular será el encargado de valorar los hechos sometidos a debate.
Durante el juicio, las acusaciones deberán acreditar los hechos que atribuyen a Begoña Gómez y la defensa podrá rebatirlos, aportar sus propios argumentos y solicitar la práctica de las pruebas admitidas. Solo después de ese trámite podrá determinarse si existe responsabilidad penal.
El caso afronta así una nueva etapa de elevada relevancia política y judicial. La apertura de juicio oral coloca a Begoña Gómez ante un escenario procesal decisivo, aunque la presunción de inocencia se mantiene intacta hasta que exista una sentencia firme.


