Los bancos podrán deducirse el impuesto de las hipotecas

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, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en una conferencia de prensa tras un consejo de ministros en Madrid

Los bancos españoles comienzan a asumir a partir de mañana el pago de los impuestos correspondiente a los Actos Jurídicos Documentados que grava las hipotecas. Esto era algo que hasta este 9 de noviembre estaba a cargo de los clientes. Esto ha sido establecido a través del real decreto que fue publicado este jueves en el BOE. El mismo ha comenzado a entrar en vigor a partir de este viernes.

Este real decreto mantiene las exenciones del impuesto en los préstamos concedidos a la Iglesia, los partidos políticos con representación parlamentaria, las ONG o las administraciones. Por lo cual las entidades bancarias se libraran de hacerle frente al impuesto en estos casos.

El Gobierno mantiene las extensiones a Iglesias, Partidos políticos, ONG y administraciones. De tal manera, que las entidades no afrontarán el tributo cuando les concedan préstamos para comprar alguna vivienda u otro bien

Así, en su artículo número 45, la ley establece que están exentos del pago del impuesto de las hipotecas. Todas aquellas que sean concedidas al Estado y a las Administraciones públicas territoriales e institucionales. En esto también se ha incluido los establecimientos de beneficencia, seguridad social, cultura, docentes o con fines científicos. Esta exención también es aplicable para los partidos políticos con representación parlamentaria.  Entre ellos se encuentran la Cruz Roja Española, La Obra Pía de los Santos Lugares, la Organización Nacional de Ciegos Españoles, La Iglesia Católica y las iglesias, comunidades religiosas y confesiones que tengan suscritos acuerdos de cooperación con el Estado.

Nueva novedad

Otra de la novedad es que la banca podrá deducir el tributo en el impuesto de Sociedades por lo que resta de año. Esta norma se ha añadido en el artículo 15 de la Ley de tributo a los beneficios.

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Al ser el impuesto de sociedades una figura de pago anual. Las entidades bancarias se lo podrán deducir en la liquidación que harán en julio de 2019. Siendo esta la declaración que hace cada empresa anualmente al Fisco.

A partir del 1 de enero del próximo año, si deberán comenzar a pagar. El objetivo de todo esto es que la banca afronte el 100% del impuesto y no el 70%. La banca española tiene un tipo nominal del 30% del impuesto de sociedades. De lo contrario, el 70% lo tendría que pagar la banca y el 30% restante el conjunto de contribuyentes. Esto fue explicado por el presidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) del Consejo General de Economistas, Jesús Sanmartín.

Futura ley de los impuestos hipotecarios

Todo esto se trata de poder atajar la situación de inseguridad jurídica. Este decreto del impuesto hipotecario deja tras de sí un reguero de dudas jurídicas que puede dar lugar a nuevos recursos. Uno de ellos sería la posible inconstitucionalidad de no permitir que los bancos puedan deducir el impuesto. Esto ha dejado varias dudas a algunos asesores.

Al dejar todo esto para el próximo año. El Gobierno toma aire para poder incorporarlo a una norma de mayor rango legal. Pese a esto, Sanmartín no cree que esto vaya contra la Carta Magna.

La tramitación de esta ley celebrara una nueva ponencia a puerta cerrada el próximo martes 13 de noviembre. Esta se llevará a cabo en el congreso de diputados.

Algunos expertos consultados apuntan que al ser esto un tema que afecta al procedimiento contencioso administrativo. Además, que no se puede vulnerar ninguna directiva, se presenta un poco complicado. Sin embargo, se espera que esta tenga éxito a diferencias de otras pasadas como la devolución de las cláusulas suelo.

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Periodista
Jefe de redacción en ElPeriodico.digital