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El Ministerio de Salud plantea ampliar a 372 las enfermedades con recetas ambulatorias de hasta 90 días

El Ministerio de Salud ha planteado ampliar de forma significativa el listado de enfermedades para las que se podrán emitir recetas ambulatorias con una duración superior a 30 días. El borrador de la nueva circular contempla una relación de 372 enfermedades, 120 más que en el listado vigente, y fija en 90 días el periodo máximo de validez de estas prescripciones.

La medida todavía se encuentra en fase de propuesta. Por tanto, no supone una modificación inmediata de las condiciones de prescripción ni permite aún solicitar automáticamente tratamientos para todas las enfermedades incluidas en el nuevo listado. Su aplicación dependerá de la aprobación definitiva de la circular y de las instrucciones que se establezcan para profesionales y pacientes.

Una ampliación de 120 enfermedades

La nueva relación pasaría a incluir 372 patologías, frente a las 252 contempladas actualmente. El aumento pretende ampliar el acceso a recetas ambulatorias de mayor duración en aquellos casos en los que el tratamiento requiere continuidad y seguimiento médico, pero no necesariamente una consulta o renovación mensual.

La propuesta se centra en facilitar la gestión de tratamientos prolongados. En la práctica, los pacientes que cumplan los criterios establecidos podrían disponer de una receta válida durante más tiempo, reduciendo el número de trámites administrativos asociados a la renovación de la medicación.

El documento no plantea una validez ilimitada. El periodo ordinario seguiría siendo de hasta 30 días, mientras que, para las enfermedades incluidas en el grupo específico, podrían solicitarse recetas por un periodo superior, con un límite máximo de 90 días.

Qué cambiaría para los pacientes

Si la circular se aprueba en los términos previstos, las personas diagnosticadas con alguna de las enfermedades incluidas en la lista ampliada podrían tener más opciones para organizar la recogida de sus medicamentos. La duración de la receta permitiría espaciar determinadas gestiones y evitar desplazamientos innecesarios al centro sanitario.

Esta posibilidad no significaría que todas las recetas fueran automáticamente trimestrales. La duración concreta seguiría dependiendo de la valoración del profesional sanitario, de la situación clínica del paciente y de las características del tratamiento prescrito.

También se mantendrían las obligaciones relacionadas con el seguimiento médico. Una receta con validez de hasta 90 días no sustituye las revisiones, controles o pruebas que puedan ser necesarios para comprobar la evolución de la enfermedad y la respuesta al tratamiento.

La decisión seguirá vinculada a la valoración médica

La ampliación del listado no elimina el criterio clínico. Los profesionales deberán valorar si la prescripción de mayor duración es adecuada para cada paciente, teniendo en cuenta factores como la estabilidad de la enfermedad, la medicación utilizada y el riesgo de efectos adversos o cambios en la pauta.

En este sentido, la propuesta busca combinar una mayor flexibilidad administrativa con la seguridad del paciente. Los tratamientos podrán mantenerse durante más tiempo cuando exista estabilidad clínica, pero deberán revisarse si aparecen síntomas nuevos, efectos secundarios o cualquier circunstancia que aconseje modificar la medicación.

Una medida todavía pendiente de aprobación

El contenido conocido corresponde a un borrador de circular y puede sufrir cambios antes de su entrada en vigor. Durante la tramitación podrían revisarse tanto el listado de enfermedades como los requisitos necesarios para acceder a recetas ambulatorias con una duración superior a 30 días.

Hasta que se publique la versión definitiva, seguirán aplicándose las normas actualmente vigentes. Los pacientes deberán consultar con su médico o con el centro sanitario que realiza el seguimiento de su enfermedad para conocer la duración disponible de cada receta y los pasos necesarios para solicitar una renovación.

  • Nuevo listado propuesto: 372 enfermedades.
  • Ampliación prevista: 120 patologías más que en la relación actual.
  • Duración ordinaria: hasta 30 días.
  • Duración ampliada: más de 30 días en los casos autorizados.
  • Límite máximo: 90 días.
  • Situación actual: propuesta pendiente de aprobación definitiva.

La iniciativa pretende simplificar la gestión de los tratamientos crónicos y facilitar el acceso continuado a la medicación. No obstante, sus efectos concretos dependerán de la redacción final de la circular, de las enfermedades que finalmente se incluyan y de los criterios que se establezcan para la emisión de cada receta.

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