Las cifras de nuevos encales nupciales en España han disminuido considerablemente en los últimos años. Aunque el amor continúa y se siguen estableciendo relaciones amorosas, las parejas debían pensar y planificar su vida con paciencia y cabeza fría, ya que oficializar la unión matrimonial podía tomarse más tiempo de lo deseado.

Al ser la única institución autorizada para oficializar los matrimonios, en los últimos años los Registros Civiles como el www.registrociviljaen.com han proporcionado un servicio de matrimonio lento y burocrático, debido a que muchos se encuentran colapsados. Por esta razón, las 3.000 notarías disponibles en España se presentan como una opción más rápida para celebrar los enlaces matrimoniales.

España, uno de los países con menos bodas de la UE

Todo apunta a que entre el colapso de los registros civiles y la crisis sanitaria provocada por la pandemia de la Covid-19, 2020 y 2021 son años que están lejos de ser el mejor período para las parejas de enamorados. De hecho, una investigación reciente revelada por la oficina de estadística comunitaria, Eurostat, señala que España es el cuarto país de la Unión Europea (detrás de Luxemburgo, Italia y Portugal) en el que las personas menos se casan, mientras que el porcentaje de divorcios, coloca al país en la posición número 3 de la unión supranacional.

En este sentido, al poder celebrarse las bodas ante el notario, se pretende agilizar los procesos burocráticos, como tramitar el expediente matrimonial que exige la ley para que las parejas puedan formalizar su relación. Por ello, el decano del Colegio Notarial de Catalunya afirma con júbilo que “cuando el legislador confía en los notarios, siempre conseguimos recortar enormemente los plazos”, en referencia al servicio rápido que ofrecen las notarías, en comparación a las instituciones de la Administración del Estado.

Dar el “sí quiero” en la notaría: una alternativa rápida que llega con retraso

Aunque ahora muchos celebran esta nueva alternativa, es importante conocer su origen. Aunque aún muchas bodas se organizaban ante el Registro Civil, de acuerdo con la Ley de Jurisdicción voluntaria 15/2015 aprobada en julio de 2015, las parejas podían celebrar su enlace nupcial en la notaría más cercana. Sin embargo, los distintos Registros Civiles en España eran, hasta el próximo 30 de abril, los únicos entes autorizados para tramitar el expediente matrimonial. Este proceso burocrático era el responsable de ralentizar las bodas tanto en los Registros Civiles como en las notarías.

Tras casi 6 años de espera, las parejas de novios que decidan dar el “sí quiero”, podrán tramitar todo el proceso ante el notario. Para la vocera del Colegio Notarial de Madrid, Concepción Pilar Barrio Del Olmo, esta noticia representa un reconocimiento importante, por parte de la Administración del Estado, de las funciones de las 3.000 notarías activas en el país, ya que “trasciende de las relaciones de derecho privado y afecta a intereses de carácter general como el derecho a contraer matrimonio reconocido en el artículo 32 de la Constitución española”.

Las parejas podrán gestionar el expediente de matrimonio en las notarías

Aunque desde el año 2015, las parejas podían casarse ante el notario, irremediablemente, tenían que tramitar el expediente matrimonial primero ante el Registro Civil. Ahora, con la nueva normativa que entrará en vigencia a partir del 30 de abril, los novios tendrán la oportunidad de elegir entre gestionar su expediente matrimonial ante la autoridad del Registro Civil o hacerlo ante el notario.

De acuerdo con la vocera del Colegio Notarial de Madrid, las parejas que decidan celebrar su casamiento en el notario disfrutarán de una tramitación que “se realizará con la celeridad y las garantías propias de la función notarial”.

Cabe destacar que tramitar el expediente matrimonial es un requisito indispensable para formalizar una relación de pareja ante la Ley. Este documento funciona como aval de que la pareja cumple con los requerimientos establecidos por la normativa vigente para casarse. Así, el expediente matrimonial confirma que los futuros marido y mujer no pertenecen a la misma línea de parentesco, así como también niega la existencia de dispensa y otros impedimentos legales matrimoniales.

Por otra parte, el expediente matrimonial que podrá ser tramitado ante la notaría más cercana, también sirve para definir el régimen matrimonial por la que se regirán los futuros contrayentes. En este sentido, las parejas que decidan celebrar una boda ante el notario, solo deberán entregar la documentación que exige la normativa vigente para oficializar de forma rápida su relación.

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Periodista
Jefe de redacción en ElPeriodico.digital