Servicios y actividades esenciales estarán exentos del permiso retribuido

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Las actividades y los servicios esenciales, estarán exentos del permiso retribuido. Ya se llevó a cabo el Consejo de Ministros extraordinario que se celebraría el día de hoy.  Y en este se ha aprobado el real decreto que regula el permiso retribuido. Que se le asignará a los trabajadores de los sectores no esenciales.

Trabajadores que a vez deberán permanecer en sus casas de forma obligatoria. Desde mañana lunes 30 de marzo hasta el día 9 de abril. Esto como una medida que permita reducir considerablemente los casos de contagios por el coronavirus.

El consejo de ministro ya aprobó el decreto que regula el permiso retribuido para los trabajadores. Y establecieron cuáles serán las actividades esenciales y cuáles no.

Los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo

actividades

Esta medida y los permisos retribuidos no le impedirán a las empresas seguir realizando los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo o ERTE.

También indicaron que no estarán amparados por este permiso, aquellos trabajadores que realizan teletrabajo, los que están afectados por un ERTE, los trabajadores que están de baja y todos aquellos que se encuentran de permisos por maternidad o paternidad.

María Jesús Montero, La ministra portavoz del Gobierno. Informo luego de que culminara el consejo extraordinario. Que: “este real decreto, inédito en el ordenamiento jurídico español. Está justificado en todas las recomendaciones que fueron realizadas por el comité técnico científico”.

Para quienes han criticado el confinamiento

En respuesta a todos aquellos que se han dedicado a criticar la medida. La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, informo que: “no admitiremos presiones de nadie. Aquí primará el interés general por encima del particular”. Además, la ministra aseguro que nadie pierde con esta decisión. Es un bien para todos y tan solo se verán afectados 8 días laborables.

Además de que todas estas horas serán recuperadas. Pues los trabajadores, que se vean afectados por el cierre forzoso de su actividad. Tendrán desde el día 10 de abril hasta el 31 de diciembre, para recuperar todas esas horas. Eso sí, la ministra de trabajo aclaro que la recuperación de esas horas no podrá. Interferir con los periodos mínimos de descanso diario.

¿A quién no aplicara el permiso?

Aparte de los casos ya mencionados, el permiso tampoco aplicara a aquellos trabajadores que pertenezcan al gremio de trabajos, que está establecido en  los artículos 10.1, 10.4, 16 y 18, del real decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Entre los que se tienen a todos aquellos trabajadores de las empresas que participan en la cadena de abastecimiento del mercado. y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción de bienes de primera necesidad. Entre los que se incluyen otros alimentos, bebidas, productos higiénicos, sanitarios y farmacéuticos, permitiendo la distribución de los mismos desde el origen hasta los establecimientos. Y otras 50 áreas, que están disponibles en el decreto.

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Periodista
Jefe de redacción en ElPeriodico.digital