Este 19 de septiembre nuevamente se ha pronunciado el Tribunal Constitucional, quienes ya lo han hecho en al menos una decena de ocasiones estos últimos años. Donde se han referido a la trampa que los socialistas han tendido a los grupos opositores. Recordando que el Gobierno ha querido introducir vía enmienda a una proposición de ley. Esta es conocida como la reforma de la Ley de Estabilidad Presupuestaria.
En cada una de las sentencias del Tribunal Constitucional, este organismo ha reiterado su doctrina. “Es necesario que exista una conexión entre la enmienda y la ley, así sea mínima.” De lo contrario, sostiene el TC. “Seguir abusando de la técnica de la enmienda parcial para maquillar verdaderas proposiciones de ley y obtenerse un cambio legislativo sin la intervención plena de las cámaras.”
Tribunal Constitucional ha exigido una conexión mínima entre en la enmienda y la ley
En este caso, esta proposición ley que ha sido enmendada por los socialistas. Resulta relativa a la formación de jueces en materia de violencia de género.
Más allá de la claridad con la que esta idea se ha repetido en cada una de las resoluciones del TC. Lo que más ha llamado la atención, es que al menos en seis de los ochos casos analizados por el ABC. Ha sido el propio Grupo Socialista el que, de forma tangencial o principal ha apelado a esa falta de conexión entre la enmienda y la ley.
El procedimiento se ve afectado
La exigencia general de conexión entre la enmienda y los textos a enmendar han ido trascendiendo. Viéndose afectada la regulación contenida en los correspondientes reglamentos parlamentarios. Esto ha afectado a la fisonomía estructural del procedimiento parlamentario mismo.
El TC también ha señalado que el recurso fue interpuesto por el grupo socialista en el Congreso. En relación con diversos preceptos de la ley de la Asamblea Regional de Murcia. Donde se han estudiado medidas urgentes para la reactivación de la actividad empresarial y de empleo.
Durante una sentencia hecha el 13 de septiembre de 2011. Que también estaba relacionada a un motivo de un recurso del Grupo Socialista en relación con la ley de fiscales. El Tribunal Constitucional comentó lo siguiente. “La correlación material entre la enmienda y la ley es inherente al carácter subsidiario.”
Durante esta misma sentencia los magistrados señalaban que la enmienda implica la modificación de algo preexistente. Por ello, aseguraron que la enmienda no sirve para dar vida a una realidad nueva. Para ello se debe de crear algo con una nueva iniciativa.
Ámbito legislativo
Los magistrados han advertido de que la configuración de una nueva norma, debe de realizarse a través de su discusión parlamentaria por la Cámara en el debate de totalidad como decisión de los representantes de la voluntad popular de iniciar la discusión de esa iniciativa.
Durante otra sentencia realizada el 15 de diciembre de 2011. Hecha por el Grupo Socialista. Quienes incidieron en esta cuestión y apuntaron a un uso indebido de la enmienda. “Puede constituir una limitación ilegítima al ejercicio de la función parlamentaria. Así como el derecho de la participación del ciudadano en asuntos públicos.”
Y esto fue lo que el TC terminó considerando vulnerado en su sentencia de julio de 2011. Cuando un grupo de senadores recurrieron a la decisión de la Cámara de admitir una enmienda. Creada por el Grupo Popular que modifica el Código Penal.
Dicha enmienda se colgó del proyecto de ley orgánica complementaria a la ley de arbitraje. Para el TC se trataba de una iniciativa legislativa en toda regla.