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Tomás Ramírez, 48 años y medio cotizados y una penalización del 13% en su pensión

Tomás Ramírez comenzó a trabajar con apenas 13 años y medio. A lo largo de su vida laboral acumuló 48 años y medio de cotización y, según explica, también tuvo periodos de doble cotización. Sin embargo, cuando llegó el momento de jubilarse, se encontró con una reducción del 13% en la pensión que esperaba recibir.

Su caso refleja una de las principales quejas de algunos trabajadores con carreras laborales especialmente largas: haber cotizado durante décadas no siempre evita que la Seguridad Social aplique recortes cuando la jubilación se produce antes de la edad ordinaria.

Una vida laboral iniciada en la adolescencia

Ramírez empezó a trabajar cuando todavía era menor de edad, en una época en la que incorporarse al mercado laboral a edades muy tempranas resultaba mucho más habitual que ahora. Desde entonces, fue acumulando años de actividad y de aportaciones al sistema público de pensiones.

El resultado es una carrera de cotización que supera ampliamente los periodos exigidos para acceder a una pensión contributiva. También rebasa los años que permiten alcanzar el porcentaje máximo de la base reguladora, de acuerdo con las reglas generales del sistema.

«Tengo 48 años y medio cotizados. Y algunos más de doble cotización», resume el jubilado. Pese a ese historial, asegura que su pensión está penalizada en un 13%.

Por qué una carrera larga no elimina siempre la penalización

La reducción de una pensión no depende únicamente del número total de años cotizados. También influyen la edad a la que se produce el retiro, la modalidad de jubilación y el tiempo de adelanto respecto a la edad ordinaria que corresponda en cada caso.

Cuando una persona se jubila antes de tiempo, pueden aplicarse coeficientes reductores sobre la cuantía. Estos porcentajes se calculan atendiendo a distintos factores, entre ellos los meses de adelanto y la duración de la carrera de cotización.

La reforma del sistema introdujo cambios relevantes en este cálculo. En determinados supuestos, la reducción se aplica sobre la pensión y no solo sobre la base reguladora, lo que puede tener un impacto considerable en el ingreso mensual de quienes adelantan su retiro.

La edad ordinaria sigue siendo determinante

En 2026, la edad ordinaria de jubilación se sitúa en los 65 años para quienes acrediten al menos 38 años y tres meses cotizados. Para quienes no alcancen ese periodo, la edad ordinaria se eleva hasta los 66 años y diez meses.

La jubilación anticipada permite adelantar el retiro dentro de unos límites y bajo determinadas condiciones. La modalidad voluntaria puede anticiparse hasta dos años, mientras que la derivada de un cese no voluntario puede hacerlo hasta cuatro años, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

Por eso, dos personas con historiales de cotización parecidos pueden acabar con pensiones diferentes si se jubilan en momentos distintos o acceden a modalidades distintas.

El debate sobre la doble cotización

La referencia de Ramírez a los periodos de doble cotización pone el foco en una cuestión que genera dudas entre muchos trabajadores. Cotizar simultáneamente por dos actividades no significa, por regla general, que cada día computado se convierta en dos días a efectos de acreditar el periodo necesario para jubilarse.

Sin embargo, esas cotizaciones pueden influir en otros elementos del cálculo, como las bases de cotización, siempre dentro de los límites y condiciones fijados por la normativa. La diferencia entre sumar tiempo y mejorar las bases es clave, aunque no siempre resulte fácil de entender para los ciudadanos.

En la práctica, una persona puede haber realizado un esfuerzo laboral extraordinario y comprobar que ese esfuerzo no se traduce en una pensión proporcionalmente mayor. Esa percepción alimenta la sensación de injusticia que expresa este jubilado.

Una pensión marcada por el descuento

El 13% de penalización señalado por Ramírez representa una merma permanente en sus ingresos mensuales. No se trata de una reducción limitada a los primeros años de jubilación, sino de un porcentaje que puede mantenerse durante todo el periodo en el que perciba la pensión.

El impacto económico depende de la cuantía inicial reconocida. En pensiones elevadas, el descuento puede traducirse en cientos de euros menos cada mes. En pensiones más ajustadas, la reducción puede dificultar todavía más el pago de la vivienda, los suministros y otros gastos básicos.

Una reclamación que trasciende su caso

La situación de Tomás Ramírez reabre el debate sobre cómo debe tratar el sistema a quienes han trabajado durante más de cuatro décadas. La cuestión no se limita a su expediente: afecta a una generación que comenzó a cotizar muy pronto y que considera que su extensa trayectoria debería tener un reconocimiento mayor.

El caso también evidencia la importancia de revisar con detalle la vida laboral antes de solicitar la jubilación. Los periodos cotizados, las bases, las situaciones de pluriempleo y la modalidad elegida pueden cambiar de forma sustancial el resultado final.

Para quienes se encuentren en circunstancias similares, la Seguridad Social recomienda comprobar los datos registrados y solicitar información individualizada antes de tomar una decisión. Una diferencia de pocos meses puede modificar tanto la edad de acceso como el porcentaje aplicado a la pensión.

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