Un testigo asegura ante Anticorrupción que las joyas de Zapatero fueron una comisión por el AVE saudí
La Fiscalía Anticorrupción analiza una declaración y diversa documentación que apuntan a un posible origen ilícito de las joyas localizadas por la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) en la caja fuerte del despacho del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero.
Según el testimonio aportado a los investigadores, las piezas no habrían sido simples obsequios, sino un supuesto pago en especie vinculado a las gestiones para impulsar la llegada del tren de alta velocidad español a Arabia Saudí. La información, todavía pendiente de ser contrastada judicialmente, introduce una nueva línea de investigación sobre el origen de los objetos.
Una declaración que cambia el foco de la investigación
El testigo sostiene que las joyas fueron entregadas como una comisión ilegal por la participación o influencia en el proyecto ferroviario que conectó las ciudades saudíes de Medina y La Meca. Su versión ha sido trasladada tanto al Ministerio Público como a los agentes encargados de examinar el caso.
La hipótesis plantea que el supuesto pago no se habría realizado mediante una transferencia económica convencional, sino a través de bienes de elevado valor. Esta modalidad, conocida como pago en especie, puede constituir una forma de contraprestación encubierta si se acredita que estuvo relacionada con decisiones públicas, intermediaciones o favores administrativos.
En cualquier caso, la declaración constituye por ahora una línea de investigación y no una conclusión probada. Anticorrupción deberá comprobar la autenticidad de los documentos, identificar el recorrido de las joyas y determinar si existe una conexión verificable con contratos, adjudicaciones o gestiones relacionadas con el AVE a Arabia Saudí.
Las joyas fueron halladas en una caja fuerte
La UDEF encontró las piezas en una caja fuerte situada en el despacho de José Luis Rodríguez Zapatero. El hallazgo llevó a los investigadores a interesarse por su procedencia, su valor y las circunstancias en las que fueron entregadas o adquiridas.
La localización de los objetos, por sí sola, no acredita la comisión de un delito. Para que la hipótesis penal prospere será necesario establecer quién entregó las joyas, quién las recibió, cuál era su valor y qué relación concreta existía entre ese posible regalo y las decisiones adoptadas en torno al proyecto ferroviario saudí.
También deberán analizarse las fechas. La investigación tendrá que comprobar si la entrega de las piezas coincide con las fases clave de la negociación, la adjudicación o la ejecución de las obras, así como con eventuales contactos entre responsables políticos, empresas y representantes de Arabia Saudí.
El AVE a Arabia Saudí, en el centro de las pesquisas
La construcción de la línea de alta velocidad entre Medina y La Meca fue uno de los grandes proyectos internacionales de la ingeniería española. El contrato reunió a varias empresas nacionales y convirtió a España en uno de los principales actores del desarrollo ferroviario saudí.
La eventual vinculación de las joyas con este proyecto elevaría la relevancia de las diligencias. Los investigadores tendrían que determinar si existieron intermediarios, reuniones o actuaciones destinadas a favorecer a determinadas compañías o a facilitar la participación española en el contrato.
La Fiscalía también deberá distinguir entre un regalo protocolario, una relación privada y una dádiva con finalidad corrupta. La diferencia resulta esencial desde el punto de vista penal y exige pruebas sobre la intención de quien entrega el bien y sobre la conducta que, presuntamente, se pretendía obtener a cambio.
Qué tendrá que acreditar Anticorrupción
- El origen de las joyas: quién las compró, quién las entregó y por qué vía llegaron hasta el despacho.
- Su valor económico: una tasación independiente y la documentación comercial asociada a las piezas.
- La identidad de los intermediarios: personas o empresas que pudieran haber participado en la operación.
- La conexión con el proyecto ferroviario: fechas, reuniones, contratos y decisiones relacionadas con el AVE saudí.
- La existencia de una contraprestación: cualquier actuación concreta que pudiera haberse realizado a cambio del supuesto pago.
La declaración del testigo puede abrir una nueva fase en el caso, pero su contenido tendrá que ser sometido a un examen exhaustivo. La Fiscalía deberá contrastarlo con registros mercantiles, movimientos económicos, comunicaciones y documentación contractual antes de valorar si existen indicios suficientes para reclamar nuevas diligencias.
Mientras no haya una resolución judicial firme, debe mantenerse la presunción de inocencia de todas las personas mencionadas. La investigación se encuentra en una etapa de verificación y las acusaciones sobre una posible mordida deberán sostenerse con pruebas objetivas, no únicamente con testimonios o documentos cuya autenticidad y alcance aún estén pendientes de determinar.



