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Dos magistrados del Constitucional participaron en el Gobierno que impulsó la Ley de Memoria Democrática

Dos de los doce magistrados del Tribunal Constitucional llamados a resolver el recurso presentado por el Defensor del Pueblo contra las medidas cautelares del Tribunal Supremo sobre la llamada ley de nietos formaron parte del Ejecutivo de Pedro Sánchez cuando se aprobó el anteproyecto de la Ley de Memoria Democrática.

La coincidencia afecta a Juan Carlos Campo, entonces ministro de Justicia, y a Laura Díez Bueso, que ocupaba la dirección de Asuntos Constitucionales y Coordinación Jurídica del Ministerio de la Presidencia. Este departamento fue uno de los principales responsables de impulsar la norma que se encuentra ahora en el centro de la controversia judicial.

Un recurso pendiente sobre las medidas del Supremo

El asunto que debe estudiar el Constitucional está relacionado con las medidas cautelares adoptadas por el Tribunal Supremo respecto a determinadas previsiones de la Ley de Memoria Democrática. El recurso del Defensor del Pueblo cuestiona esas decisiones provisionales, que afectan a la aplicación de la conocida como ley de nietos y a sus consecuencias sobre el censo electoral.

La decisión que adopte el tribunal de garantías tendrá relevancia tanto jurídica como política. En juego está la continuidad de unas medidas cautelares dictadas mientras se analiza el alcance de la norma y su impacto sobre los procedimientos derivados de la memoria democrática y la adquisición de la nacionalidad española.

La presencia de dos magistrados que tuvieron responsabilidades directas en el Ejecutivo durante la tramitación inicial de la ley añade un elemento de atención al proceso. Campo participó en las reuniones del Consejo de Ministros como titular de Justicia, mientras que Díez Bueso desempeñó funciones vinculadas al análisis constitucional y a la coordinación jurídica de las iniciativas del Gobierno.

La participación previa no implica automáticamente una recusación

El hecho de haber formado parte del Gobierno que impulsó un anteproyecto no determina, por sí solo, que un magistrado deba apartarse de un procedimiento. La legislación contempla diferentes causas de abstención y recusación, pero su aplicación exige examinar la relación concreta entre la actuación previa y el asunto que debe resolver el tribunal.

La cuestión central será determinar si las responsabilidades desempeñadas por ambos magistrados pueden generar una duda objetiva sobre su imparcialidad. También deberá valorarse si su intervención en la fase gubernamental fue suficientemente directa y específica respecto de las disposiciones que ahora están siendo examinadas.

En los tribunales constitucionales, la imparcialidad no se limita a la ausencia de interés personal. También incluye la apariencia de independencia ante las partes y ante la sociedad. Por ese motivo, los antecedentes profesionales de los magistrados pueden adquirir importancia cuando el órgano debe revisar una norma promovida por el Ejecutivo del que formaron parte.

El papel de Campo y Díez Bueso en la tramitación

Juan Carlos Campo fue ministro de Justicia durante el periodo en el que el Gobierno dio forma al anteproyecto de la Ley de Memoria Democrática. Su responsabilidad se situaba en un área especialmente relacionada con la elaboración normativa, la coordinación legislativa y la defensa jurídica de las decisiones del Ejecutivo.

Laura Díez Bueso, por su parte, dirigía Asuntos Constitucionales y Coordinación Jurídica en el Ministerio de la Presidencia. Desde ese puesto intervenía en el análisis técnico y constitucional de los proyectos impulsados por el Gobierno, incluido el texto que acabaría convirtiéndose en la Ley de Memoria Democrática.

La norma fue aprobada posteriormente por las Cortes Generales y estableció medidas sobre reconocimiento y reparación de las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura. Entre sus disposiciones se incluyeron mecanismos relacionados con la nacionalidad de descendientes de españoles, una de las cuestiones que ha provocado una elevada demanda administrativa y el actual conflicto judicial.

Una decisión con impacto en los solicitantes de nacionalidad

La denominada ley de nietos permitió a determinados descendientes de españoles solicitar la nacionalidad en condiciones específicas. La aplicación de estas previsiones generó un notable volumen de peticiones en consulados y registros, además de dudas sobre los plazos, los requisitos y los efectos de los procedimientos en curso.

Las medidas cautelares del Supremo introdujeron una pausa o una limitación en determinados aspectos vinculados a la ejecución de la norma. El recurso del Defensor del Pueblo ante el Constitucional pretende que el tribunal determine si esas medidas se ajustan al marco constitucional y si deben mantenerse mientras se resuelve el fondo del litigio.

La composición del tribunal y los posibles vínculos previos de algunos de sus integrantes serán observados con especial atención. Antes de entrar en el fondo del recurso, el Constitucional podría tener que pronunciarse sobre cualquier petición de abstención o recusación que se plantee.

En todo caso, la participación de Campo y Díez Bueso en el Gobierno no anticipa el sentido de la resolución. La decisión deberá adoptarse conforme a los argumentos jurídicos del recurso, a la naturaleza de las medidas cautelares y a las garantías de independencia e imparcialidad exigibles al Tribunal Constitucional.

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