Anticorrupción sostiene que la presunta malversación atribuida a Zapatero aún no ha prescrito
La Fiscalía Anticorrupción mantiene abierta la posibilidad de perseguir penalmente la presunta malversación relacionada con unas joyas procedentes de Arabia Saudí que habría recibido el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero y que no fueron declaradas. En su último escrito, el Ministerio Público rechaza que el transcurso del tiempo impida continuar con la investigación.
La clave de la posición de Anticorrupción se encuentra en el plazo de prescripción que considera aplicable a los hechos. Según sostiene la Fiscalía, el delito de malversación tendría un periodo de prescripción de 15 años. Como los hechos investigados están fechados el 1 de marzo de 2012, ese plazo todavía no se habría agotado.
El plazo de 15 años marca el debate
La tesis fiscal sitúa el posible vencimiento de la responsabilidad penal en marzo de 2027, siempre que se tome como referencia la fecha indicada en las actuaciones y no concurra ninguna circunstancia que altere el cómputo. Por tanto, a 23 de octubre de 2026, Anticorrupción entiende que aún existe margen temporal para investigar los hechos y determinar si pueden constituir delito.
La prescripción no implica que una conducta sea legal o ilegal, sino que limita el tiempo durante el cual el Estado puede perseguirla penalmente. Una vez transcurrido el plazo previsto para cada delito, los tribunales ya no pueden continuar la acción penal por esos hechos, salvo que el cómputo se haya interrumpido conforme a la ley.
En este caso, la Fiscalía considera que la calificación jurídica inicialmente apuntada sigue siendo relevante. El debate no se centra únicamente en el origen de las joyas o en su falta de declaración, sino también en si los hechos encajan en un tipo penal con un plazo de prescripción suficientemente amplio para que la investigación continúe.
Una investigación sobre regalos no declarados
Las diligencias están relacionadas con varias joyas procedentes de Arabia Saudí que, según la hipótesis investigada, fueron recibidas por el expresidente y no declaradas posteriormente. La Fiscalía analiza si esa conducta puede tener consecuencias penales y cuál sería, en su caso, la responsabilidad que podría derivarse de ella.
La atribución de un posible delito de malversación exige concretar tanto la naturaleza de los bienes como las circunstancias en las que fueron entregados, recibidos y conservados. También resulta necesario establecer si existía una relación con fondos, bienes o intereses públicos y si concurren los elementos exigidos por la legislación penal.
Por ahora, la posición de Anticorrupción se formula en el marco de la investigación y no equivale a una condena. La determinación de los hechos, su relevancia penal y la eventual responsabilidad de las personas implicadas corresponde a los órganos judiciales competentes.
El calendario judicial, en el centro de la controversia
La fecha del 1 de marzo de 2012 tiene una importancia decisiva. Si se mantiene como punto de partida y se aplica el plazo de 15 años defendido por la Fiscalía, la prescripción no se produciría hasta el 1 de marzo de 2027. Esto explica que Anticorrupción no comparta las primeras interpretaciones que apuntaban a que el posible delito ya habría quedado fuera de plazo.
El cómputo definitivo, no obstante, dependerá de la resolución que adopte el órgano judicial y de las actuaciones practicadas durante el procedimiento. En particular, será necesario determinar si alguna diligencia procesal tuvo efectos sobre la prescripción y si la calificación jurídica de los hechos se mantiene durante la instrucción.
Anticorrupción pide mantener abierta la vía penal
Con su último escrito, la Fiscalía defiende que la investigación no debe archivarse por una supuesta prescripción. Su argumento se apoya en que el plazo aplicable al delito de malversación sería de 15 años y en que todavía no ha transcurrido ese periodo desde la fecha en la que sitúa los hechos.
La controversia queda así pendiente de la valoración judicial. Mientras se resuelve, el caso seguirá centrado en dos cuestiones: si las joyas recibidas por Zapatero debían haber sido declaradas y si su recepción y posterior falta de declaración pueden encajar en un delito de malversación. La respuesta a ambas determinará el futuro de las diligencias.



