Multa de 500 euros a un ciclista por circular a 50 km/h con una bicicleta eléctrica manipulada
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Puntos clave
- La Policía Local de Maracena sancionó con 500 euros a un ciclista que circulaba a 50 kilómetros por hora.
- La bicicleta había sido modificada con un sistema artesanal que permitía avanzar sin pedalear.
- Una bicicleta eléctrica de pedaleo asistido debe limitar la ayuda del motor a 25 km/h.
- Las modificaciones que aumentan la velocidad o eliminan la necesidad de pedalear pueden hacer que el vehículo sea considerado un ciclomotor.
- La bicicleta fue retirada de la circulación por una infracción calificada como muy grave.
La intervención de la Policía Local de Maracena
La Policía Local de Maracena, en Granada, ha sancionado con 500 euros a un ciclista que circulaba a una velocidad de 50 kilómetros por hora con una bicicleta eléctrica modificada. Los agentes detectaron que el vehículo contaba con un sistema de fabricación casera que permitía desplazarse sin pedalear y a una velocidad superior a la permitida para este tipo de bicicletas.
La intervención se produce después de la entrada en vigor, el pasado 1 de octubre, de una actualización del Reglamento General de Circulación. La reforma incorpora distintas medidas orientadas a reforzar la seguridad de los usuarios más vulnerables de la vía, entre ellos los ciclistas, pero también establece obligaciones específicas para quienes utilizan bicicletas con asistencia eléctrica.
Según informó la Policía Local de Maracena en sus redes sociales, la actuación tuvo lugar este pasado domingo. Varios agentes observaron cómo el ciclista pasaba junto a ellos a una velocidad que consideraron inusual y sin realizar ningún movimiento de pedaleo. Ante estas circunstancias, decidieron seguirlo para comprobar las características del vehículo y verificar si estaba circulando conforme a la normativa.
Durante el seguimiento, los policías comprobaron que la bicicleta alcanzaba los 50 kilómetros por hora. Finalmente, dieron el alto al conductor en la salida de Maracena, donde procedieron a inspeccionar el vehículo.
La revisión permitió descubrir que la bicicleta llevaba instalado un dispositivo eléctrico elaborado de forma artesanal. De acuerdo con la información difundida por el cuerpo policial, el aparato había sido incorporado con el objetivo de convertir la bicicleta en un vehículo con características propias de un ciclomotor.
La bicicleta fue retirada de la circulación y el conductor recibió una sanción de 500 euros por una infracción considerada muy grave en materia de tráfico.
Qué condiciones debe cumplir una bicicleta eléctrica
La normativa establece que una bicicleta con motor eléctrico solo puede considerarse legal como bicicleta de pedaleo asistido cuando el motor no supera los 250 vatios de potencia y deja de prestar asistencia al alcanzar los 25 kilómetros por hora.
Si el sistema continúa impulsando el vehículo por encima de esa velocidad, deja de ajustarse a las condiciones previstas para este tipo de bicicletas. También se considera irregular cualquier modificación destinada a aumentar la velocidad o a permitir que la bicicleta avance sin que el usuario tenga que pedalear.
En esos casos, el vehículo puede dejar de encajar en la categoría de bicicleta eléctrica y pasar a ser considerado un ciclomotor, con las exigencias administrativas y técnicas que correspondan.
El caso detectado en Maracena se enmarca en la vigilancia que los cuerpos policiales realizan sobre las distintas formas de movilidad urbana. La presencia de motores modificados o de dispositivos instalados fuera de las especificaciones oficiales puede afectar tanto a la seguridad del propio usuario como a la del resto de personas que circulan por la vía.
La actuación también coincide con la aplicación de las nuevas disposiciones del Reglamento General de Circulación, que no se limitan a regular la conducta de los conductores de turismos y motocicletas. La reforma presta una atención especial a los colectivos considerados más expuestos en caso de accidente, entre ellos quienes se desplazan en bicicleta.
Nuevas reglas para proteger a los ciclistas
Entre las novedades incorporadas figura la obligación de que los conductores reduzcan su velocidad en 20 kilómetros por hora respecto al límite establecido en la vía cuando adelanten a un ciclista. La medida busca que la maniobra se realice con una diferencia de velocidad menor y con un riesgo más reducido para la persona que circula en bicicleta.
El reglamento también contempla que, en determinadas calles de un único carril cuya velocidad máxima esté fijada en 30 kilómetros por hora, los ciclistas puedan circular en ambos sentidos. Esta posibilidad queda vinculada a las condiciones concretas de la vía y forma parte de las medidas destinadas a facilitar una convivencia más segura entre los diferentes usuarios del espacio urbano.
La actualización normativa refuerza, por tanto, la protección de los ciclistas, pero no elimina las responsabilidades que corresponden a quienes utilizan una bicicleta. Los conductores deben cumplir las reglas de circulación y utilizar vehículos que respondan a las características técnicas autorizadas.
Consecuencias de modificar una bicicleta eléctrica
En el caso de las bicicletas eléctricas, el límite de 25 kilómetros por hora para la asistencia del motor constituye uno de los principales criterios para distinguir un modelo permitido de otro que ha sido alterado. La instalación de un sistema que supere esa velocidad o que permita avanzar sin pedalear puede tener consecuencias administrativas, además de provocar la retirada del vehículo.
La Policía Local de Maracena puso el caso en conocimiento público a través de una publicación en redes sociales, posteriormente consultada por Europa Press. En ella explicó que la velocidad alcanzada por la bicicleta y la ausencia de pedaleo llamaron la atención de los agentes, que siguieron al ciclista hasta poder detenerlo y examinar el vehículo.
Tras la comprobación, el dispositivo eléctrico fue identificado como una modificación destinada a dotar a la bicicleta de prestaciones propias de un ciclomotor. La intervención terminó con la retirada de la bicicleta y una sanción de 500 euros por una infracción muy grave de la normativa de tráfico.
El episodio recuerda que las nuevas medidas de protección para los ciclistas conviven con normas específicas sobre el estado y las características de sus vehículos. La entrada en vigor del reglamento ha ampliado algunas garantías para quienes circulan en bicicleta, pero también mantiene la obligación de respetar los límites técnicos y de seguridad fijados para cada tipo de vehículo.
Preguntas frecuentes
¿Cuál fue la multa impuesta al ciclista?
La Policía Local de Maracena impuso una sanción de 500 euros por una infracción considerada muy grave en materia de tráfico.
¿A qué velocidad circulaba la bicicleta?
Los agentes comprobaron que la bicicleta podía alcanzar los 50 kilómetros por hora.
¿Cuál es el límite de asistencia de una bicicleta eléctrica?
Para considerarse una bicicleta de pedaleo asistido, el motor debe dejar de prestar asistencia cuando se alcanzan los 25 kilómetros por hora. Además, la potencia del motor no debe superar los 250 vatios.
¿Es legal una bicicleta eléctrica que avanza sin pedalear?
Una modificación que permite avanzar sin pedalear puede hacer que el vehículo deje de considerarse una bicicleta eléctrica legal y pase a estar encuadrado como ciclomotor, con las obligaciones correspondientes.
¿Qué ocurrió con la bicicleta intervenida?
La Policía Local retiró la bicicleta de la circulación después de comprobar que llevaba instalado un dispositivo eléctrico artesanal destinado a aumentar sus prestaciones.
¿Qué medida se aplica al adelantar a un ciclista?
La actualización normativa establece que los conductores deben reducir su velocidad en 20 kilómetros por hora respecto al límite establecido en la vía cuando adelanten a un ciclista.
Fuente original: Europa Press



